Código Civil y cultura del descarte

#LaVidaEnDebate

La sanción del nuevo Código Civil y Comercial estuvo acompañada de un sorprendente empeño de algunos por afirmar que, a pesar que el artículo 19 del nuevo texto dice que la existencia de la persona comienza desde la concepción, es posible destruir embriones in vitro o eliminar a niños durante el embarazo.
En efecto, durante la misma sesión del 1ro. de octubre, diversos diputados se pronunciaron “en desacuerdo” con el art. 19 o bien aclarando que la redacción de ese artículo no obstaba a que estuvieran a favor del aborto. La campaña contra la vida continuó luego en declaraciones periodísticas, en las que con malabarismos técnico-legales e interpretaciones amañadas del texto, se pretende hacerle decir lo contrario de lo que dice.
¿Por qué tanto empeño contra la vida? ¿Por qué tanto esfuerzo en crear vidas para luego descartar las que sean “inviables” o “menos aptas” o “discapacitadas”? ¿No podemos buscar maneras de luchar contra la infertilidad sin tener que descartar embriones? ¿No podemos buscar maneras de prevenir el aborto sin tener que sacrificar una vida? ¿No hay respuestas internacionales a la mortalidad materna (como Chile) que optan por salvar siempre las dos vidas? Si alguien puede decir quién es persona y quién no, ¿qué evitará que ello luego se traslade a otras etapas de la vida vulnerable?
Es una vieja tentación en el derecho: el Estado pretende ser quien “concede” la personalidad, en lugar de estar obligado a reconocerla como una exigencia de la dignidad inherente a todo ser humano. Afortunadamente, por ahora, el artículo 19 se ubicó en ésta última postura.