En ésta oportunidad desde nuestra humilde tribuna compartimos unas reflexiones obtenidas por la experiencia práctica y la adquirida en lo que se refiere a la reglamentación del teletrabajo en la legislación. Y hacemos esta pequeña precisión en aras de lograr una mejor comprensión conceptual de los temas dándole la verdadera dimensión a las ramas del derecho que se ven involucradas al momento de hablar de la implementación del teletrabajo.
Precisamente como lo hemos descrito en nuestras publicaciones, y lo hemos estudiado en la doctrina comparada, existen diversas formas en las que el teletrabajo se ha tocado normativamente. En algunos casos se ha presentado como ley particular, que es el nuestro, y en otros se ha ido legislando por temáticas afines es decir, por ejemplo desde la óptica de la inclusión (personas con habilidades diferentes – discapacidad, inclusión de poblaciones vulnerables – cuota de participación, etc), o desde la óptica del sector ya sea laboral, informático, comercial – empresarial, etc.
Pues bien, lo cierto es que es sumamente importante definir previamente el tipo de legislación con que se cuenta en el país que sea a fin a la materia, pero sobre todo cómo se haya decidido adoptar la figura nueva, ya que de esto depende el enfoque con que se pretenda lograr regular o posteriormente reglamentar los detalles y vicisitudes propios de la materia. Continuar leyendo