Por: Diego Hernán Armesto
La posible candidatura de la Ministra de Desarrollo Social Alicia Kirchner en la Provincia de Buenos Aires, tendrá un primer desafío antes de la elección, y el mismo será el de poder justificar dos años de residencia en territorio bonaerense. La Constitución es muy clara en lo que respecta a los requisitos de residencia, en este sentido la ministra de Desarrollo Social no figura en el padrón electoral de la provincia de Buenos Aires, por cuanto nació en Río Gallegos, y en la actualidad vive en la Ciudad de Buenos Aires.
Pero esta situación no es un caso aislado, ya en las legislativas de 2009, el ex presidente Néstor Kirchner también debió justificar los dos años de residencia en territorio bonaerense; o Daniel Scioli como candidato a gobernador de la Provincia de Buenos Aires, pero todos estos casos lo único que hacen es forzar débiles interpretaciones y justificativos en detrimento de la democracia.
La Ley Suprema dice en el Artículo 48: “Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella”.
Las calidades expuestas precedentemente son condición ineludible para ser Diputado Nacional, estas deben ser cumplidas indefectiblemente y es necesario cumplimentar todos los requisitos, no de manera individual, por cuanto estas razones hacen a la capacidad al momento de integrar el cuerpo. El Diputado es necesario y debe tener un pleno conocimiento de las necesidades del territorio y de sus representados, conocerlas y estudiarlas, para poder legislar de la mejor manera posible.
Las razones de los requisitos se deben a los antecedentes históricos que vamos a desarrollar sucintamente, los ”Alquilones” eran aquellas personas que se arrogaban la representación de una provincia en el cuerpo legislativo, sin ser nativos de la misma o habían dejado de residir en ellas hacía tiempo, en tal sentido, 160 años pasaron de esta discusión, la cual hoy tiene mucha actualidad.
Así en la reforma constitucional de 1860 se dijo: “…No hay acción pública que pueda ejercerse sin responsabilidad. El despotismo no es más que la libertad de un hombre para hacer su voluntad sin responsabilidad ninguna. El Diputado ejerce una tiranía cuando no tiene responsabilidad sobre sus actos; y aquel Congreso compuesto por aventureros tiene ese vicio capital. (…) El Representante vuelve periódicamente al lugar que lo nombro, a vivir en medio de sus electores, y entonces siente su responsabilidad, por lo que se cuida muy bien de no traicionarlos y de no hacerles decir en el Congreso lo que no piensan, ni quieren; porque sus parientes, sus amigos, sus convecinos cuando vuelva le han de hacer pagar en la vida privada, con el desprecio publico su mala conducta, y sus prostituciones como representante…“.
En conclusión, una vez más se van a forzar los requisitos constitucionales, bajo argumentos que no son solamente endebles, sino que además no encuentran ningún tipo de sustento jurídico, ético ni moral, hoy son necesarios gestos y conductas de nuestra clase dirigente, por cuanto permitir este atropello, es acentuar el engaño y la burla al ciudadano.
De tal forma, no se trata de encuestas o mediciones, se trata de cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución, los “alquilones” no ayudan a las instituciones de la república, al sistema representativo y a la democracia, por tal motivo como dijo Sarmiento: “…Yo quiero que se reúnan todos los hombres a discutir, los hombres de inteligencia, que no tienen cerrada la boca por una llave de oro; o por la complicidad impune en los atentados de los gobernantes“.